Reforma tributaria SUBE IMPUESTOS a CDT: ¿serán RENTABLES?

En el Congreso de la República ya cursa la tercera reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro, con la que se busca recaudar 26,3 billones de pesos para financiar el Presupuesto General de la Nación en 2026.

Uno de los principales cambios propuestos en el articulado apunta a incrementar el recaudo sobre las rentas de capital, aumentando la tributación sobre dividendos, fondos de inversión colectiva, utilidades de fiducias, ganancias por la venta de acciones y los CDTs (Certificados de Depósito a Término).

Le puede interesar:

Así mismo, el profesor cuestiona el argumento oficial de que se trata de impuestos dirigidos a los sectores de mayores ingresos: “no es preciso afirmar que solo los ricos ahorran e invierten. Hoy los CDTs, los bonos y los fondos de inversión colectiva son accesibles a un número cada vez mayor de colombianos. Estas medidas no solo afectan a los grandes capitales, sino a la clase media que busca proteger y hacer crecer sus ahorros”.

Para Useche, la discusión en el Congreso será intensa, y su expectativa es que se reconsideren los puntos más polémicos: “espero que esta reforma tributaria no avance en su forma actual y que, en lugar de desincentivar el ahorro, se generen incentivos para que más colombianos puedan participar en los mercados financieros”.

Congreso de la República¿Qué impuestos pagan actualmente los CDT?

Los Certificados de Depósito a Término (CDT) están sujetos a una retención en la fuente, generalmente del 4%, sobre los intereses generados, mas no sobre el capital invertido.

Esta retención funciona como un pago anticipado a la declaración de renta. Sin embargo, si el CDT genera rendimientos durante el año fiscal, estos deben incluirse en la declaración de renta.

En resumen, los impuestos que paga un CDT son:

  • Impuesto de renta sobre los intereses generados en el año fiscal.
  • Retención en la fuente, definida por la entidad financiera y según la naturaleza del contribuyente.