MINTRABAJO aclara qué COLOMBIANOS deben COTIZAR con COLPENSIONES y no con FONDOS PRIVADOS

Todos los trabajadores independientes son responsables de afiliarse al sistema de pensiones, según lo estipulado en la Ley 100, en su artículo 20. No obstante, hay excepciones contempladas en la misma norma.

Esta ley indica que algunas profesiones son consideradas de alto riesgo, y que las personas que trabajen en estas deberán sí o sí cotizar su pensión en el régimen especial de Colpensiones, teniendo en cuenta las condiciones que pueden llegar a afectar la salud del trabajador.

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Es decir, todas las actividades que se relacionen con la extracción de piedras y combustibles, así como quienes manejen explosivos, deberán estar incluidos en Colpensiones. Los bomberos, que a nivel nacional ayudan a atender emergencias, también, así como empleados del control del tránsito aéreo.

Empleos obligados a cotizar con Colpensiones¿Cuál es el valor de su pensión?

Colpensiones cuenta en su página web con un simulador que permite conocer una estimación del valor que podría recibir al momento de pensionarse. Para realizar el cálculo, deberá diligenciar el formulario que aparecer en la interfaz: sexo, edad, número de documento de identidad, semanas proyectadas a cotizar desde el 1 de julio de 2025 y régimen al que pertenece actualmente.