DECLARACIÓN de RENTA: Cuándo me toca declarar renta en 2025

Cada año, miles de colombianos deben cumplir con la responsabilidad de presentar su declaración de renta, un trámite que permite a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) verificar los ingresos, egresos, patrimonio y movimientos financieros de los ciudadanos. Para este nuevo ciclo, la declaración corresponderá al año gravable 2024.

A través de su cronograma tributario, la Dian ya definió las fechas en las que tanto personas naturales como jurídicas deben realizar este proceso en 2025. A continuación, le explicamos con detalle quiénes deben declarar, qué fechas aplicar y qué pasa si no lo hace a tiempo.

Más noticias: publica cada año en su sitio web. Allí encontrará el día que le corresponde, según los últimos dígitos de su número de cédula o NIT.

¿Cuál es el ingreso mínimo para estar obligado a declarar?

Para quienes devengan un salario o ingresos como trabajadores independientes, es importante tener en cuenta el monto que establece la Dian como base para declarar.

Si en el año 2024 recibió ingresos que en total suman $69.718.600 o más (lo que equivale a un promedio de $5.809.883 mensuales), usted debe presentar su declaración de renta en 2025.

Este cálculo se basa en el valor de la UVT (Unidad de Valor Tributario), que para el año gravable 2024 fue fijado en $49.799. Esta unidad sirve para establecer los límites y valores en materia tributaria en Colombia.

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Documento para la declaración de renta¿Qué sucede si no declara a tiempo?

Ignorar o retrasar la presentación de la declaración de renta puede traer consecuencias económicas significativas. Estas son las principales sanciones:

  • Si presenta la declaración fuera del plazo establecido, deberá pagar una multa del 5% del impuesto a cargo por cada mes (o fracción) de retraso, con un límite de hasta el 100% del total del impuesto.
  • Si la declaración no tiene impuesto a pagar, la sanción será del 0,5% de los ingresos brutos reportados.
  • En caso de no declarar del todo, la sanción puede ser del 20% de los ingresos brutos o de las consignaciones bancarias realizadas durante el periodo fiscal.
  • La sanción mínima en 2025 será de $498.000.