PENSIONADOS que PAGARÁN IMPUESTOS desde julio de 2025

A partir del 1 de julio de 2025, millones de colombianos verán un giro significativo en la forma como construyen su futuro pensional. La reforma impulsada por el gobierno de Gustavo Petro no solo promete ampliar la cobertura del sistema, sino también corregir las brechas que durante años han dejado a muchos trabajadores sin un retiro digno.

El nuevo modelo estará estructurado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario. Una de las novedades es que todos los cotizantes formales deberán aportar a Colpensiones, y solo quienes ganen más de 2.3 salarios mínimos destinarán el excedente a fondos privados. Con esto, el Ejecutivo espera reducir la competencia entre entidades y construir un esquema más justo.

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“Declararían los que tengan esos ingresos de 1.000 UVT anuales, eso da $3,6 millones (mensuales), pero pagarían de conformidad a las reglas del Estatuto Tributario Nacional, es decir, aquellos que tengan pensiones superiores a $6 millones por una parte, y por otra parte, esos que tienen pensiones desde $3,6 millones ya entrarían en el espectro de las retenciones en la fuente. Entonces, cada caso es diferente de cuánto pagarían. Eso generaría mayores ingresos para el Estado”, explicó Lisandro Junco, exdirector de la Dian, al diario La República.

Pesos colombianas

La nueva ley también dispuso que los pensionados con mesadas superiores a los 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($14.235.000) y hasta 20 salarios mínimos ($28.470.000) deberán aportar un 1 % al Fondo de Solidaridad Pensional, específicamente a la Subcuenta de Subsistencia. Por su parte, quienes reciban más de 20 salarios mínimos mensuales tendrán un descuento del 2 % con destino a la misma cuenta.

Pensionados que no pagarán impuestos en 2025

Además de las pensiones inferiores a 1.000 UVT y de aquellas provenientes del exterior que reciban los residentes colombianos, el artículo 84 de la reforma pensional establece que también estarán exentos del impuesto sobre la renta y complementarios los siguientes grupos:

  • La Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
  • Las cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público, mientras existan.
  • Los recursos consignados en las cuentas de ahorro individual del componente complementario y sus respectivos rendimientos.
  • Las sumas destinadas al pago de seguros de invalidez y de sobrevivencia.