En Colombia, cerca de 7,3 millones de hogares viven en arriendo, según cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Esto refleja un impacto en la vida de millones de ciudadanos y en la economía del país, evidenciando un crecimiento sostenido del mercado de arrendamientos.
Lea además:
En caso de ser trabajador independiente, se solicitan el Registro Único Tributario (RUT) o el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio. Algunas inmobiliarias también piden la declaración de renta, aunque no es un requisito obligatorio.
Para los pensionados, se requiere el certificado de ingresos por pensión, acompañado de extractos bancarios que evidencien el pago de esta.
¿Qué documentos NO pueden ser solicitados?
La normativa establece límites claros. En el caso de los extranjeros, los propietarios o inmobiliarias no pueden exigir el pasaporte como identificación, ya que no es válido para formalizar un contrato de arrendamiento. Solo la cédula de extranjería es aceptada.
Tampoco se puede requerir información que comprometa la privacidad del arrendatario, como documentos médicos, historial familiar o extractos de tarjetas de crédito, pues no son pertinentes para definir la relación contractual.
¿Qué debe tener un contrato de arriendo, según la ley?
La Ley 820 de 2003 establece que el contrato de arrendamiento debe realizarse por escrito e incluir los siguientes aspectos:
a) Nombre e identificación de los contratantes.
b) Identificación del inmueble objeto del contrato.
c) Identificación de la parte del inmueble que se arrienda, cuando corresponda, así como las zonas y servicios compartidos.
Más noticias: ¿Le pueden terminar el arriendo antes de tiempo? Estas son las causas legales más comunes
d) Precio y forma de pago.
e) Relación de los servicios, bienes o usos conexos y adicionales.
f) Término de duración del contrato.
g) Designación de la parte contratante responsable del pago de los servicios públicos del inmueble.