¿Hay LÍMITE para LLEVAR DINERO EN EFECTIVO en Colombia? Esto dice la ley

ransportar altas sumas de dinero en efectivo en Colombia no constituye ningún delito, pues, según el concepto JDS-08577 de la Secretaría de la Junta Directiva del Banco de la República, no existe ninguna disposición legal que imponga un límite a la cantidad que una persona pueda transportar en territorio colombiano.

No obstante, sí se debe tener cuidado cuando se disponga a abandonar el territorio colombiano o cuando se pretenda ingresar.

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Para el año gravable 2024 (declarable en 2025), deben declarar renta quienes hayan tenido ingresos iguales o superiores a 1.400 UVT ($65,8 millones), patrimonio bruto de 4.500 UVT ($211,8 millones) o quienes, en compras, consumos, consignaciones bancarias o inversiones, igualen o superen las 1.400 UVT.

Un menor de edad puede estar obligado a declarar por recibir herencias, donaciones, ser beneficiario de fideicomisos o inversiones, o por ingresos de actividades artísticas o deportivas, entre otros motivos.