Si una persona sufre un accidente o una enfermedad grave que la deje en incapacidad de trabajar, puede acceder a una pensión de invalidez.
Esta incapacidad debe ser certificada por una entidad competente, que determine que la persona perdió el 50% o más de su capacidad laboral, ya sea física o mental. Posteriormente, se debe seguir un debido proceso para acceder a la prestación.
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¿Cuál es el monto de la mesada por la pensión de invalidez?
- Incapacidad igual o superior al 50% e inferior al 66%: Corresponde al 45% del ingreso base de liquidación (IBL) más un 1,5% adicional por cada 50 semanas cotizadas después de las primeras 500.
- Incapacidad igual o superior al 66%: Equivale al 54% del ingreso base de liquidación más un 2% adicional por cada 50 semanas cotizadas después de las primeras 800.