INCUMPLIR esta NORMA en su conjunto podría costarle MULTA de $700 mil

Desde el 7 de julio de 2025, los copropietarios de conjuntos residenciales en Colombia contarán con un nuevo mecanismo para acceder a las actas de asamblea y documentos no reservados. El Decreto 768 de 2025, en su artículo 2.2.8.18.12.1.7, establece que, si la administración se niega a entregar esta información, una orden de Policía emitida por el alcalde municipal o distrital será suficiente para exigir su entrega inmediata.

Esta medida busca reforzar el derecho de los copropietarios a conocer la gestión administrativa de su propiedad horizontal y evitar demoras o negativas injustificadas.

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Con esto, los mandatarios locales podrán garantizar la transparencia en la administración de los conjuntos y dar respuesta más rápida a las quejas de los residentes cuando no se les entreguen las actas o documentos requeridos.

En la práctica, si un administrador o un consejo de administración se niega a entregar el acta de asamblea pese a la orden, deberá cumplir con la entrega y pagar la multa correspondiente.Sanciones por incumplimiento de la orden

El decreto también establece sanciones económicas para quienes incumplan una orden de Policía. La multa tipo 4 equivale a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), lo que para 2025 representa $759.200.

En la práctica, si un administrador o un consejo de administración se niega a entregar el acta de asamblea pese a la orden, deberá cumplir con la entrega y pagar la multa correspondiente.

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El Decreto 768 de 2025 adiciona un capítulo al Decreto 1070 de 2015 y reglamenta aspectos de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana). Su propósito es fortalecer las herramientas de los alcaldes y de la Policía Nacional para intervenir en conflictos de convivencia y en situaciones que afecten la transparencia en la gestión de la propiedad horizontal.

Aunque no modifica la Ley 675 de 2001, esta nueva regulación refuerza su cumplimiento y da a los copropietarios una vía más directa para ejercer su derecho a la información en los conjuntos residenciales.