Dueños de PERROS, atentos a nueva ley en Colombia y multas

En Colombia, cerca del 60% de los las familias tienen un perro, según cifras del Dane. El perro se ha convertido en una de las mascotas más populares entre los colombianos, siendo Bogotá la ciudad con más hogares que tienen al menos un perro o gato en sus núcleo familiar, esto con un 25%; seguido de Cali con el 18%.

Sin embargo, la tenencia de este tipo de mascotas ha tenido una nueva un nuevo cambio con la Ley Kiara ( ley 2480 de 2025) que le pone tate quieto al uso de collares con púas o descargas eléctricas.

Esta nueva normativa prohíbe el uso en todo el país de estos elementos para frenar el maltrato animal disfrazado de disciplina; priorizando la integridad física emocional y el desarrollo entorno seguros de las mascotas.

Lea además:

  • Videovigilancia: que implemente sistemas de monitoreo para asegurar la transparencia y el bienestar de los animales en todo momento.
  • Protocolos de cuidado: que establezca procedimientos claros y efectivos para la atención diaria de las mascotas.

Ley Kiara y uso de collar de púas en perros¿Cómo nació la ley Kiara? 

La ley Kiara está articulada a una historia que marcó profundamente en la comunidad en Colombia. Se trata de una perrita que desapareció en mayo de 2022, mientras estaba el cuidado de una guardería en la calera de allí se derivó el nombre de la normativa.

Este caso que se hizo público evidenció la falta de regulación del sector y las brechas qué tenía las autoridades para exigir mayor control y protección para los animales que se dejan en manos de terceros.

Entre los puntos claves se prohíbe rotundamente el uso de “collares de castigo, incluyendo aquellos con púas, descargas eléctricas u otros mecanismos que generen dolor o sufrimiento físico y emocional”. 

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Multas por infringir la ley Kiara

La ley no solo se limita a los collares, también establece normas sobre el transporte de los animales y el tiempo de trayecto, así como servicios especializados para el adiestramiento de los mismos. De allí que las sanciones no sean menores.

Las multas por infringir esta nueva normativa pueden ir desde los cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes hasta los 20 SMLMV, esto dependiendo de el daño que haya sufrido el perro o mascota, la reincidencia y la situación económica de quien haya infringido la ley.

Además de las multas económicas, la ley también contempla, en caso de ser alguna empresa, el cierre temporal o definitiva de los establecimientos, así como la pérdida de licencias e inhabilitación en el Registro Nacional de prestadores de servicios para mascotas.