Aunque el nuevo sistema de pensiones en Colombia aún no ha entrado en vigencia a la espera de la decisión de la Corte Constitucional, se esperan cambios en la forma en que se paga la mesada pensional. Según lo establecido en la reforma aprobada por el Congreso, este pago quedará a cargo de Colpensiones y se ajustará anualmente de acuerdo con la inflación del año anterior.
¿Cuánto aumentaría el pago de la mesada pensional?
De acuerdo con el nuevo esquema, el pago de las pensiones en Colombia va a subir dependiendo del dato de inflación del año anterior. Esto significa que cada incremento anual corresponderá al índice de precios registrado en el periodo previo, con el fin de mantener el valor de la mesada en el tiempo.
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La reforma busca transformar el sistema actual en un Sistema Integral de Protección a la Vejez, que incluye también cobertura frente a la invalidez y la muerte. Uno de los propósitos principales de esta reestructuración es ampliar la cobertura y mejorar la equidad del modelo pensional en el país, priorizando especialmente a los sectores más vulnerables, de acuerdo con lo señalado en el texto aprobado.
Sin embargo, algunos aspectos del nuevo sistema todavía dependen de la revisión de la Corte Constitucional, que debe definir la validez tanto del contenido como del trámite legislativo de la reforma.
¿Qué pensionados tendrán un incremento del 14 % en su mesada?
Además del ajuste anual por inflación, un grupo específico de pensionados podría tener un beneficio adicional. Según lo establecido en el Acuerdo 049 de 1990, un grupo de pensionados podrá tener un aumento del 14 por ciento en su mesada. Esta disposición fue expedida por el extinto Instituto de Seguros Sociales (ISS) y busca preservar el poder de compra de algunos beneficiarios del sistema.
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El incremento del 14 % aplicará a los pensionados del régimen de prima media, administrado por Colpensiones, que reciben una pensión equivalente al salario mínimo y que cumplieron con los requisitos del artículo 14 de la Ley 100 de 1993, modificado posteriormente por el artículo 5 del Acto Legislativo 01 de 2005.
El beneficio se otorga únicamente a quienes adquirieron su pensión bajo los lineamientos del artículo 20 del Acuerdo 049 de 1990, es decir, antes de la entrada en vigencia de la Ley 100. También se limita a pensiones por vejez e invalidez, excluyendo otras modalidades. Con este ajuste adicional, los beneficiarios recibirán un aumento del 14 % sobre el salario mínimo vigente.
En consecuencia, el nuevo sistema pensional en Colombia establece dos mecanismos de ajuste para las mesadas: uno general, que aplica a todos los jubilados bajo el esquema de pilares y que se calcula según la inflación del año anterior; y otro específico, que beneficia a un grupo reducido de pensionados del régimen de prima media con un incremento adicional del 14 %.